Lo que le falta al decreto Cutro

Lo que le falta al decreto Cutro

El decreto-ley de Cutro no aborda los problemas de coordinación de las operaciones de búsqueda y salvamento en el mar. El análisis de Francesco D'Arrigo, director del Instituto Italiano de Estudios Estratégicos "Niccolò Machiavelli"

En las actas de la investigación judicial del naufragio en aguas de Crotone ocurrido la noche del 25 al 26 de febrero, además del informe de Frontex' Eagle 1, figura también el informe de la Comandancia General del Puerto Autoridades – Centro de Operaciones Centro de Coordinación de Salvamento Marítimo de Italia – que explica cronológicamente el desarrollo del evento, y cómo se tomó la decisión de no desencadenar el rescate.

Según la reconstrucción de aquella terrible noche, registrada como "Evento Migratorio n. 533 de 25 de febrero de 2023”, la sala de operaciones de la Guardia Costera de Roma habría decidido no intervenir porque no se reportó criticidad en la capacidad de navegación del buque avistado por la aeronave de la agencia europea Frontex. Con base en esta información, la sala de operaciones habría enviado una comunicación a los compañeros del Centro Secundario de Salvamento Marítimo (MRSC – Subcentro de Salvamento Marítimo) de Reggio Calabria, que vela por la coordinación de las operaciones de búsqueda y salvamento marítimo en su jurisdicción, afirmando que “No existen elementos imputables al fenómeno migratorio”. Un análisis que excluye automáticamente la práctica de salvamento obligatorio, que siempre ha seguido la Guardia Costera, según la cual cualquier embarcación que transporte migrantes debe ser considerada inmediatamente en peligro por no ser apta para la travesía y no estar equipada con los equipos de seguridad necesarios. .

Como ya he descrito en otro estudio en profundidad , una serie de Convenios, Leyes y Decretos internacionales identifican al Comando General del Cuerpo de Capitanía como el organismo italiano que debe garantizar la organización y coordinación nacional de los servicios de salvamento marítimo (SAR – Search & salvamento) y contactos con otros Estados en relación con estas y otras tareas de vigilancia marítima.

La Comandancia General de las Oficinas Portuarias ejerce estas funciones a través de su Centro de Operaciones, mediante la agregación integrada de la información adquirida por las distintas y heterogéneas administraciones estatales que ejercen competencias en materia marítima. Es responsable de todas las tareas de un instituto operativo pertenecientes a la coordinación nacional e internacional de las operaciones aéreas y navales en los sectores de Búsqueda y Salvamento (SAR Search and Rescue), de la policía marítima, de la prevención y lucha contra la contaminación marina. y, más en general, de la supervisión de todas las actividades que se desarrollan en el mar.

La recuperación tecnológica solo puede mejorar la toma de decisiones si la estructura organizativa subyacente es lo más eficiente posible.

Para proteger la integridad de la vida, los bienes, los recursos y el medio ambiente de los riesgos y daños ocasionados por eventos calamitosos o naturales en el mar, el Cuerpo Militar de Capitanías se apoya en la tecnología, que pone a su disposición múltiples informaciones para interceptar, describir y clasificar eventos que pueden tener impactos significativos en las operaciones, así como en la organización, eficiencia y preparación operativa de las propias Fuerzas Armadas.

Pero incluso la tecnología más innovadora y disruptiva puede ser ineficaz en un proceso organizacional que no funciona y la información por sí sola no es suficiente para mitigar el riesgo de accidentes. Por tanto, la legislación de referencia para correlacionar datos de diferentes fuentes e interpretar la realidad para dar la respuesta más adecuada, representa un referente estratégico tan importante como la propia intervención.

Las empresas y organizaciones complejas ven en la tecnología un gran aliado en la gestión y resolución de crisis, una herramienta fundamental para conocer e interpretar correctamente lo que ocurre, para apoyar la toma de decisiones, actuando con rapidez y eficacia para solucionar y prevenir y minimizar los riesgos relacionados con las actividades. . Sin embargo, las causas de los accidentes no cambian con el tiempo, son los protagonistas quienes cambian y para evitar errores humanos es necesario diseñar sistemas inequívocos.

Mejorar las capacidades de vigilancia marítima de la Guardia Costera

La necesidad de poder hacer referencia a normas claras y comprensibles que recojan los valores que animan la máxima misión asignada a la Guardia Costera, a saber, la de salvaguardar la vida, la seguridad marítima y la Búsqueda y Salvamento en el mar, representa un factor indispensable para reducir el riesgo asociado al factor humano, y aumentar la capacidad de gestión de eventos críticos.

La tarea de la Guardia Costera no es solo reaccionar una vez que ha ocurrido la catástrofe, sino sobre todo prevenir el evento a través de acciones dirigidas, protocolos sólidos y compartidos que tengan en cuenta los cambios geopolíticos, capacitación del personal y herramientas ad hoc que siempre están a la altura. actualizada y preparada para atender las solicitudes de asistencia de los ciudadanos y navegantes del Mare Nostrum, para la vigilancia marítima en función de defensa.

Al parecer, una parte del Gobierno quiso insertar un artículo en el "Decreto-Ley Cutro" para modificar el marco normativo que regula la vigilancia marítima, encomendando -legítimamente- todas las competencias a la Armada, que para ello se habría valido de un dispositivo integrado interministerial de vigilancia marítima en el Comando Jefe del Escuadrón Naval.

Una propuesta del Ministro de Defensa que ha visto la enérgica oposición de Viminale y el Ministro de Transporte, que la han interpretado como un encargo de facto de la Armada hacia la Guardia Costera y la Guardia di Finanza, en lugar de como un refuerzo de las capacidades de vigilancia, vigilancia y seguridad marítima en el sector de la Defensa del Estado.

Resultado: ¡propuesta retirada!

Seguramente se trataba de una modificación más que se habría colado como la enésima intervención no orgánica en un asunto muy delicado de seguridad nacional, como tantos otros artículos del "Decreto-Ley que contienen disposiciones urgentes en materia de flujos de entrada legal de trabajadores extranjeros y la prevención y lucha contra la inmigración irregular”, aprobado durante el Consejo de Ministros fuera de Calabria.

Una CdM que anunciaba una cacería "global" de contrabandistas y traficantes de seres humanos mientras no abordaba los problemas relativos al funcionamiento de la cadena de mando de las operaciones de Búsqueda y Salvamento en el mar, postergándolos a una posterior reforma, cada vez más urgente e imprescindible para evitar la repetición de hechos que provocan la muerte de decenas de personas y niños en nuestras costas. Así como también hay que evitar que la búsqueda de un culpable de aquel naufragio entre los operadores de la Guardia Costera, sobre quien descargar las responsabilidades de la fallida intervención de rescate, polarice el debate político y la opinión pública, atribuyendo a quienes dedican su vida a el rescate de las responsabilidades ajenas que, por otra parte, son imputables a un sistema de regulación y organización de las actividades SAR cuanto menos problemático, por decirlo suavemente.

Las responsabilidades operativas (y las delictivas) en organizaciones complejas son siempre muy difíciles de asignar, entre fallas organizacionales y reaccionarias, y son el resultado de la cada vez mayor fragmentación de capacidades y procesos de toma de decisiones en los que la persona física individual no tiene más. control total sobre el hecho, precisamente porque el individuo es sólo uno de los múltiples eslabones de la cadena decisoria a la que pertenece. En la práctica, el operador se encuentra ejerciendo sus funciones en un contexto "fragmentado" que ve la participación de varios sujetos, incluidos los extranjeros, hacia una sola decisión, de modo que el individuo único pierde el poder de decisión pero no la responsabilidad penal en caso de error o accidente, en beneficio de los sujetos que gobiernan una "dimensión organizativa plural y descentralizada" que adopta modelos organizativos que no son adecuados para impedir que los particulares cometan actos reprobables en forma de dolo, negligencia o culpa.

Un ejemplo clásico es la atribución por parte de los medios de comunicación y muchas veces del poder judicial al “error del piloto” en los casos de accidentes aéreos, destacándose la teoría funcionalista del derecho penal, que asume como responsables dentro de organizaciones complejas a quienes actualmente y de hecho realizan las funciones que ejercen. de lo que señale la ley; en la práctica, se valoran las tareas realizadas concretamente, muchas veces descuidando formas de responsabilidad propias de la organización como tal, del contexto operativo no homogéneo, del proceso de toma de decisiones en el que intervienen múltiples personas con culturas diferentes y empleados de organizaciones que tienen diferentes objetivos (Cumplimiento de la Ley en oposición a Búsqueda y Rescate en nuestro caso) interactúan y dependen unos de otros para el logro de un propósito no siempre común.

La conciencia del Ministerio de Defensa de la necesidad de aprobar una reforma que libere a la Guardia Costera lo antes posible de la red burocrática de dependencias, constricciones, conflictos de competencias e intereses, y sobre todo de injerencias políticas que afectan negativamente a sus capacidades deja alguna esperanza operativa. Una reforma del sistema que al mismo tiempo fortalece las capacidades de vigilancia marítima y las tareas preeminentes de Búsqueda y Salvamento del Cuerpo de la Autoridad Portuaria.


Esta es una traducción automática de una publicación publicada en StartMag en la URL https://www.startmag.it/mondo/decreto-legge-cutro-cosa-manca/ el Sun, 12 Mar 2023 08:14:23 +0000.