Todas las novedades sobre el contrato de trabajo en la distribución moderna

Todas las novedades sobre el contrato de trabajo en la distribución moderna

Se firma el convenio colectivo nacional de distribución moderna. Qué prevé y qué se espera a partir de mañana. El punto de Mario Sassi, autor del Blog-Notas sobre el trabajo.

Como ya he escrito, la firma del convenio colectivo de distribución moderna fue fundamental para cerrar una etapa. Confcommercio junto con Confesercenti tuvieron el mérito de identificar, junto con el sindicato, el punto de referencia económico que eliminaría de la mesa el riesgo de dumping entre Ccnl. Federdistribuzione entendió que no se podía construir un Ccnl "distintivo" cuando la campana ya había señalado que había llegado el fin del receso. Lidl, lo digo para los que fingen no entenderlo, interpretó muy bien la campana e hizo que cada uno afrontase sus responsabilidades. La cooperación hizo su trabajo, con la seriedad habitual.

Intentaré resumir la situación si mi memoria no me falla. Conad, Lidl, Sigma, Sisa, Eurospin, Crai, grupo Arena y varias empresas más aplicarán el convenio colectivo de Confcommercio. En la Conad algunos miembros aplicarán, por razones históricas, la de Confesercenti. Además de Coop y otras empresas afines, evidentemente, la de la cooperación. Las demás marcas, ya sean multinacionales, nacionales, multirregionales, locales o de franquicia (excepto aquellas que, especialmente en el sur, aplican contratos locales sugeridos por sus respectivos asesores laborales en sus puntos de venta) aplicarán el de Federdistribuzione.

Este último, si no desperdicia toda la vigencia del nuevo Ccnl, que acaba de firmar por segunda vez, tiene el deber de lanzar un desafío al sindicato, que espero que asuman a su vez, para trabajar juntos en la construcción de un nuevo perfil y de un contenido preciso que transforme este "mosaico" de textos construidos inicialmente sobre pequeñas empresas de barrio a partir de los años 1950 en un texto moderno, compartido y útil para los trabajadores y las empresas del gran comercio minorista de hoy y de mañana. Elemento fundamental para reconstruir esa unidad, al menos en términos de compartir el perímetro del sector y el trabajo aplicado en esas realidades.

Para ello es necesario ante todo evitar juicios superficiales. La distinción afecta a todo el perímetro del gran comercio minorista. Preferiblemente en un texto único compartido por todos los firmantes de los diferentes Ccnl. Si no fuera posible, como segunda opción, bastaría con recorrer el camino que condujo primero a Confcommercio y Confesercenti, luego a Cooperación y finalmente a Federdistribuzione, en modo inverso, permitiendo a todas las partes capitalizar y compartir con los sindicatos. categoría las respectivas necesidades y contenidos. Sería un punto de inflexión histórico. Bastaría partir del bienestar que ya es ampliamente compartido.

En cuanto al marco, existe el deseo de cambiarlo, actualizarlo, protegiendo los derechos adquiridos. Afortunadamente, la evolución de la profesionalidad no es vista por las marcas más serias como un elemento para penalizar a sus colaboradores. La idea de una comisión mixta con una fecha en la que se debe producir un resultado creíble es correcta. Mientras tanto, los cambios en la clasificación se refieren a la introducción del farmacéutico de parafarmacia en el segundo nivel y del farmacéutico responsable en el primer nivel, así como del empleado de ventas a distancia y del empleado de comercio electrónico en el cuarto nivel (sujeto a permanencia). en el V° en los primeros 18 meses de contratación). Cabe destacar que Confcommercio también ha realizado un trabajo similar sobre las profesiones terciarias.

Además de haber abordado, aunque de forma no concluyente, el llamado “trabajo deficiente” en términos de calidad y cantidad de desempeño. Una señal de reconocimiento por parte de las empresas de que el problema existe y que, si se subestima, podría ser un boomerang en tiempos de crisis de contratación.

Sobre otros puntos: se han confirmado los procedimientos de renovación que guiarán los próximos plazos, se ha definido la no absorbibilidad de los aumentos anteriores al 1 de enero de 2022, las prerrogativas de la comisión permanente para la igualdad de oportunidades, el permiso para las mujeres víctimas de violencia de género , los motivos de contratación con contrato de duración determinada, complemento sanitario, permiso parental y aumentos salariales en línea con los otros dos convenios colectivos nacionales firmados anteriormente.

Finalmente la parte económica. Para los trabajadores a tiempo parcial, aumento de la indemnización anual por cláusula elástica de 120,00 € a 155 € (a partir del 1 de enero de 2025); elevar la jornada parcial mínima a 20 horas; asistencia sanitaria a partir del 1 de abril de 2025 aumento de 3,00 €/mes a cargo del empresario de la tasa de inscripción al Fondo EST; Incremento global de 40,00 € a pagar por el empresario en enero de 2026 de la aportación anual obligatoria a Cassa Quas para cada Gestor. Por último, una UT que en el nivel IV es de 175 euros el 7/1/2024 y lo mismo el 7/1/2025. En el 3er nivel es 202,34+202,34, en el 2do nivel es 236,73+236,73, en el 1er nivel 273,67+273,67 y, finalmente en los Diamantes, 303,81+303,81.

El acuerdo prevé las progresiones salariales de las que se beneficiarán los trabajadores a los que se aplicará el contrato durante el período de su vigencia. El nuevo contrato tendrá efectos hasta el 31 de marzo de 2027. Compromiso de las partes con una regulación de las estructuras contractuales y de representación. . (ver tabla)

ccnl distribución moderna
Capturas de pantalla

Para terminar diría que, aunque fuera de plazo, la opinión general es positiva por el compromiso de todos los implicados. Ahora tenemos que mirar hacia adelante.


Esta es una traducción automática de una publicación publicada en StartMag en la URL https://www.startmag.it/economia/tutte-le-novita-sul-contratto-di-lavoro-nella-distribuzione-moderna/ el Sun, 28 Apr 2024 05:21:52 +0000.