¿Por qué es esencial una estructura de derechos de autor centrada en los derechos humanos para la IA generativa?

Recientemente se publicó un artículo que aborda cuestiones de derechos de autor derivadas de los avances en el campo de la inteligencia artificial. El artículo ha sido investigado y escrito por Christophe Geiger, de la Universidad Luiss Guido Carlo de Roma, quien opina que los derechos humanos deberían ser el punto central a la hora de desarrollar leyes de derechos de autor relativas a la inteligencia artificial. El artículo comienza mencionando la IA generativa como la llamada IA ​​generativa, ya que el autor quiere un cambio en el enfoque del proceso al analizar las leyes de derechos de autor.

Priorizar la creatividad en los derechos de autor de la IA

El documento destaca la necesidad de considerar el tema que nos ocupa desde una perspectiva de derechos humanos y que se debe dar más peso a los derechos de los creadores humanos y que la creatividad humana debe ser el punto focal al evaluar futuras regulaciones sobre inteligencia artificial generativa y derechos de autor.

Apoya la protección de los creadores humanos. Como autor, Geiger opina que las herramientas de IA deben verse sólo como una ayuda para el creador humano y no como algo con lo que producir material protegido por derechos de autor de una forma u otra. Enfatizando que los derechos de autor de los sistemas de inteligencia artificial solo deben considerarse cuando un creador humano los utiliza como herramienta técnica en el proceso de creación, no como una entidad separada.

Greiger cree que las leyes y legislaciones actuales están más centradas en proteger las inversiones financieras realizadas por las empresas en el desarrollo de modelos de IA, ya que las considera favorables para los inversores y su tecnología, no para los artistas humanos y su creatividad. Sostiene que los artistas y creadores deben ser compensados ​​por sus obras.

Garantizar una compensación justa

El documento sugiere que se debería diseñar un mecanismo de compensación adecuado para facilitar a los creadores humanos el trabajo utilizado en los cursos de formación de modelos de IA y los resultados producidos a partir de sus obras originales. Greiger insiste en que los derechos humanos ya están incluidos en las constituciones regionales e incluso en las leyes internacionales, al ser considerados los parámetros fundamentales de la sociedad humana, por lo que los legisladores deben ponerlos como primera prioridad a la hora de decidir sobre los nuevos desafíos que surgen del avance de la tecnología y de escenarios cambiantes. .

En cuanto a la facilitación del aprendizaje automático, se pueden diseñar y adoptar procesos desde el derecho a la ciencia, la cultura y las expresiones (artísticas) ilimitadas, ya que la inteligencia artificial es capaz de avances beneficiosos en los campos de las ciencias y las Artes.

El documento también promueve los derechos de los creadores humanos, de modo que puedan utilizar los resultados generados por un sistema de inteligencia artificial a través de sus aportaciones para utilizarlos en el proceso de creación de su arte. Mientras tanto, el argumento del artículo tiende a sostener que los creadores humanos deberían ser compensados ​​por el uso de sus obras con fines comerciales de acuerdo con los derechos que les otorgan las leyes de derechos de autor. Bueno, ese es un argumento bastante válido.

El artículo concluye con la idea de que un enfoque que respete los derechos humanos garantiza una metodología ética para las cuestiones de derechos de autor en GenAI, de modo que los procedimientos apoyen a los creadores humanos y no a las máquinas.

Trabajo de investigación disponible aquí .