Con el pretexto de los derechos LGBT, Bruselas intenta apropiarse de poderes que no son los suyos

Continúa la gran guerra de Bruselas contra Polonia y Hungría. Como en episodios anteriores ( Reglamento sobre el Estado de Derecho , CSM polaco , recurso al TJUE ), la UE intenta afirmar una interpretación no literal pero amplia de los Tratados, utilizando a los dos países como laboratorio propio. La ocasión más reciente es una ley húngara sobre la educación de menores. Así lo describe Bruselas: prohíbe “cualquier contenido que propague o retrate, a personas menores de 18 años , una divergencia de una identidad personal correspondiente al sexo al nacer, cambio de sexo u homosexualidad”.

Por las razones que veremos, Bruselas se está preparando para iniciar un procedimiento de infracción. Todo nuestro interés se dirige a este último. Nos preguntamos: ¿qué tiene que ver la UE con las personas LGBT ? ¿Qué poder tendría la UE para inmiscuirse en asuntos tan alejados del comercio y del mercado único?

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La forma más sencilla es que la UE nos lo explique directamente. El cual habló a través de una carta firmada por los comisarios Didier Reynders (belga) y Thierry Breton (francés). La carta comienza con tres fallos.

La primera falta es el generalísimo 2 TEU , que habla de "una sociedad caracterizada por el pluralismo, la no discriminación, la tolerancia, la justicia, la solidaridad y la igualdad entre mujeres y hombres ". Una petición de principio, desprovista de efectos jurídicos si no va acompañada de otros puntos de los tratados.

El segundo golpe es la referencia a la libre circulación de mercancías ( 34 Tfue ) y servicios ( 56 Tfue ): "las restricciones cuantitativas a la importación" de mercancías están prohibidas entre los Estados miembros, así como las "restricciones a la libre prestación de servicios" . Como si la distribución de material LGBT en una escuela primaria fuera un asunto comercial. Este es un tema particularmente desarmante para una Unión que dice estar comprometida con la defensa de valores universales sacrosantos … mientras que en cambio se describe a sí misma como involucrada en una disputa comercial: trata a los educadores LGBT como un plomero y el material LGBT como el queso. . En la misma línea, la carta también invoca un artículo de la Carta de los Derechos Fundamentales de la UE que "tiene el mismo valor jurídico que los tratados" ( 6 TEU ), el 16: "se reconoce la libertad de actividad empresarial, de conformidad con el derecho de la Unión y las leyes y prácticas nacionales ". ¡¿Pero no estábamos hablando de derechos humanos ?! ¡¿Pero la ley no trataba de la educación de los menores ?!

El tercer golpe es la referencia a otros cuatro artículos de la misma Carta: 7 ("toda persona tiene derecho al respeto de su vida privada y familiar"), 9 ("el derecho a contraer matrimonio y el derecho a fundar una familia se les garantiza según las leyes nacionales que rigen su ejercicio "), 11 (" se respeta la libertad de los medios de comunicación y su pluralismo ") … todo lo cual tiene que ver con un bocado de repollo. Posteriormente, la Comisión sustituyó el 9 por el 1 ("la dignidad humana es inviolable. Debe ser respetada y protegida") … otro repollo como refrigerio.

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Finalmente, la carta saca su único cartucho aparente. Sexto artículo de la misma Carta, 21: “Se prohíbe cualquier forma de discriminación basada, en particular, en el sexo … u orientación sexual ”. Este principio de no discriminación fue violado por dos razones. El primero, "la homosexualidad, el cambio de sexo y la divergencia de la identidad personal correspondiente al sexo al nacer, se equiparan con la pornografía" pero, como señala la FAZ , "el hecho de que la cuestión de la homosexualidad se haya incluido en un paquete legislativo contra la pornografía infantil … Desde un punto de vista legal es irrelevante, ya que los párrafos individuales se refieren a áreas muy diferentes. Poner la descripción de la propia sexualidad bajo la protección de los menores es una norma legítima ”. El segundo, "la homosexualidad, el cambio de sexo y la divergencia de la identidad personal correspondiente al sexo al nacer … se consideran capaces de ejercer una influencia negativa en el desarrollo físico o moral de los menores " y, por tanto, " violan directamente la prohibición de discriminación basada sobre el sexo y la orientación sexual consagrados en el artículo 21 de la Carta , negando a las personas la libertad de expresarse, de tener su propia opinión y de disfrutar de su derecho a la vida privada y familiar ".

Sin embargo, la carta no menciona otros dos artículos, que enmarcan el anterior y que se encuentran en la Carta de los Derechos Fundamentales. El primero es el 24: “ En todos los actos relacionados con menores , ya sean realizados por autoridades públicas o instituciones privadas, se debe considerar primordial el interés superior del menor ”. Aquí, por supuesto, surge la cuestión de definir cuál es el mejor interés del niño : si debe ser educado en una divergencia entre la identidad personal y el sexo al nacer, o no. En este sentido, la Comisión dio un paso atrás en la carta de los dos Comisarios y, en el último comunicado de prensa, no llegó a apoyar una posición; a pesar de las declaraciones grandilocuentes (“esta ley no es para la protección de los niños”) y los tuits (“el orgullo está en el corazón de nuestros valores europeos”) de Von der Leyen, que solo se utilizan para pescar tontos. Al contrario, se encerró en el relativismo más absoluto: “La protección de los menores es un interés público legítimo que la UE comparte y persigue. Sin embargo, en el presente caso, Hungría no explicó por qué la exposición de los niños a contenidos LGBTIQ sería en sí misma perjudicial para su bienestar o no estaría en consonancia con el interés superior del niño ”. Aquí hay dos pasos lógicos: primero, la UE no sabe si a los menores les conviene educarlos en la escuela sobre la divergencia entre la identidad personal y el sexo; el segundo, es obligación del Estado miembro demostrar a la UE cuál es el interés del menor.

¿Pero es así? No. De hecho, los Tratados graban la “responsabilidad de los Estados miembros por el contenido de la enseñanza y la organización del sistema educativo” ( 165 Tfue ). Repitámoslo: el contenido de la enseñanza y la organización del sistema educativo no es una asignatura transferida a la UE, sino una cuestión de competencia nacional exclusiva. El estado miembro de la UE no tiene que demostrar nada. La Comisión no tiene derecho a abrir la boca, no debe inmiscuirse en absoluto.

Esta reserva no puede ser superada por ningún artículo de la Carta de los Derechos Fundamentales, ya que "las disposiciones de la Carta no amplían en modo alguno las competencias de la Unión definidas en los Tratados" ( 6 TUE ). Pero incluso si esto sucediera (y no sabemos cómo), pues un último artículo de la Carta, 14, todavía cortaría la cabeza de toro: "el derecho de los padres a proveer para la educación e instrucción de sus hijos de acuerdo con su [ propias] convicciones religiosas, filosóficas y pedagógicas ". Entonces, incluso si no fuera el Estado miembro el que tuviera que decir si es de interés para los menores educarlos en la escuela sobre la diferencia entre identidad personal y sexo … bueno, incluso en este caso denegado, los padres decidirían . No la UE . Entonces los tratados.

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En definitiva, la Comisión se refiere a los tratados de flores y como le place: ignorando artículos que existen pero que no le gustan. De esta forma, inventando tratados imaginarios o, mejor, innovando los tratados existentes. Lo que no está en absoluto en sus competencias. La UE no es una federación, sino una organización internacional creada por estados con tratados: los poderes que los estados no le han dado a la UE, la UE no. La UE no puede modificar los tratados, solo los estados pueden: los estados son los señores de los tratados .

Aquellos que quieren que la UE (y no los estados miembros) imponga una educación de los menores en la escuela sobre la divergencia entre la identidad personal y el sexo, primero deben traer a casa una revisión de los tratados . Una revisión que otorga a la UE poderes que la UE no tiene . Una revisión que deberá obtener el consentimiento unánime de todos los Estados miembros, por tanto también de Hungría. Buena suerte. Mientras tanto, Hungría tiene razón y la UE está equivocada, podrida.

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El tema de la disputa, por lo tanto, no son los "derechos LGBT ". El tema de la disputa es la innovación de los tratados sin modificar los tratados: fundando un nuevo régimen jurídico … independiente de los tratados y, por tanto, fundado en nada. Este es el verdadero tema de la disputa entre los jefes de Estado y de gobierno en la Eurosummit del 24 al 25 de junio, donde casi solo se discutió la ley húngara. Con Macron el federalista; Draghi llegó a parlotear que "depende de la Comisión determinar si Budapest viola las reglas o no" … cómo tenía poder constituyente; Rutte se comprometió a robar fondos de los socios del Este; los polacos en defensa de la letra de los tratados. Mientras Prodi clama por la lucha contra el "autoritarismo" húngaro y Schäuble defiende a Hungría.

Para todos ellos (salvo raras excepciones: quizás los luxemburgueses, quizás los finlandeses), a los LGBT les importa cómo el herrero se preocupa por la máquina de soldar y el fontanero se preocupa por la llave.

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